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ANTES DE CAMBIARTE
La permanencia mínima en una isapre es de un año. Si ya lo cumpliste, puedes cambiarte a un plan mejor el mes que quieras, avisando por escrito con al menos un mes de anticipación. El plan nuevo empieza el primer día del mes subsiguiente a la firma. Si vienes de Fonasa, no hay permanencia mínima.
Abajo tienes la respuesta corta para cada caso: antes del año, embarazo, preexistencias, deuda y alza del plan.
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Respuesta corta: si ya cumpliste un año, puedes cambiarte cuando quieras. Solo avisas por escrito con un mes de anticipación, y lo puedes hacer directo en la sucursal virtual de tu isapre actual.
El año se cuenta desde que empezaron tus beneficios, no desde el día que firmaste. Una vez cumplido, no tienes que esperar otro aniversario: te cambias el mes que te acomode.
¿Y antes del año? Solo en algunos casos: si quedaste sin trabajo, si llegas a un acuerdo con tu isapre, si hay un cambio en el GES (tienes 60 días para salir) o si tu isapre no cumple el contrato. Ver las reglas en la Superintendencia de Salud.
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Respuesta corta: sí, te puedes cambiar estando embarazada. El embarazo no es una preexistencia y la isapre no te puede rechazar por eso.
Lo que sí hay que calcular es el parto. Si quedaste embarazada antes de firmar con la nueva isapre, el parto se cubre en proporción a los meses que alcances a estar en el plan nuevo. Los controles y exámenes van con la cobertura normal del plan. Ver la regla oficial.
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Respuesta corta: sí, te puedes cambiar. Tienes que declarar tu enfermedad, y la nueva isapre puede aceptarte, aceptarte con una cobertura menor por un tiempo o, en algunos casos, no aceptarte. Por eso conviene saberlo antes de dejar tu plan actual.
Hay cosas que no tienes que declarar: diagnósticos de salud mental, condiciones congénitas detectadas al nacer o un cáncer si ya pasaron 5 años desde que terminaste el tratamiento sin recaídas (ley de olvido oncológico). Ver la regla oficial. Si alguien de tu familia tiene diagnóstico de TEA, revisa cómo se cubren sus terapias antes de cambiarte.
Para una preexistencia declarada pueden pactarse restricciones temporales: el período general es de hasta 18 meses. La cobertura mínima se rige por el mayor valor entre la Modalidad Libre Elección de Fonasa y el 25 % de la cobertura general del plan para la prestación. En casos calificados puede pactarse una extensión de hasta otros 18 meses, a solicitud escrita de la persona y con las formalidades correspondientes; en esa extensión rige el mínimo de Libre Elección de Fonasa. Al finalizar el período pactado se aplica la cobertura normal del plan. Restricciones de cobertura, artículo 16.
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Respuesta corta: sí. Si ya cumpliste el año, la deuda no te impide cambiarte. Eso sí, la deuda sigue existiendo y tu isapre anterior te la puede cobrar.
Si la deuda es porque tu empleador no pagó tus cotizaciones, la responsabilidad es de él, no tuya, y la isapre no te puede cortar los beneficios por eso. Ver la regla oficial.
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Respuesta corta: tienes tres caminos: aceptar el alza, pedirle a tu isapre un plan alternativo al precio base que pagabas, o cambiarte a otra isapre o a Fonasa. En 2026 el alza máxima fue 3,5 %, y Consalud y Nueva Masvida no subieron. Ver el alza de cada isapre.
Ojo: el plan alternativo puede cubrir distinto. Compáralo con lo que te ofrecen las otras isapres antes de responder la carta. Ver la regla oficial.
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Respuesta corta: depende de lo que pagas hoy y de dónde te atiendes. Si te quieres ir por el precio, otra isapre puede darte un plan para tus clínicas por menos.
Puedes dejar tu isapre al cumplir un año de beneficios, avisando por escrito con al menos un mes de anticipación; el aviso lo puedes dar en la sucursal virtual de tu isapre. Antes del año, solo en casos puntuales, como si quedas cesante o si lo acuerdas con la isapre. Desde ahí, tu 7 % pasa a Fonasa. Ver la regla oficial.
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