GUÍAS Y NOVEDADES · REVISADO EL 15/09/2026
Si tú o alguien de tu familia tiene diagnóstico de TEA, conviene revisar cómo se están bonificando sus atenciones. La Circular IF/N.º 528 de 2026 elimina el máximo anual por beneficiario para cinco prestaciones indicadas; eso no convierte cada atención en gratuita.
Qué atenciones comprende la instrucción
| Prestación | Qué revisar en la solicitud |
|---|---|
| Consulta de psiquiatría | Indicación para la persona con diagnóstico de TEA. |
| Psicología | Prestación indicada y bonificación aplicada. |
| Kinesiología | Orden y detalle de las sesiones prescritas. |
| Terapia ocupacional | Prestación indicada por el médico tratante. |
| Fonoaudiología | Indicación y código utilizado en la bonificación. |
La regla opera sin distinción de edad ni antigüedad del contrato. La Circular IF/N.º 528, de 26 de mayo de 2026 exige el respaldo del médico tratante que confirme el diagnóstico; no permite exigir inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad ni imponer combinaciones de terapias.
Cotiza un plan pensando en las atenciones de tu familia
Te ayudamos a comparar coberturas concretas y el precio completo. Partimos con tus datos de contacto; la solicitud no implica aceptación ni reemplaza los trámites de cobertura de tu Isapre.
Enviar esta solicitud no te obliga a contratar. No incluyas documentos médicos en el formulario.
Qué significa quitar el máximo anual
Un máximo anual limita cuánto se bonifica durante el año de contrato. Quitar ese límite para las prestaciones señaladas evita que la cobertura se agote por esa bolsa anual. Es distinto del porcentaje y del tope que se aplican a una atención concreta: pide el cálculo de cada bonificación.
Ejemplo ilustrativo: si una sesión cuesta $35.000 y la bonificación aplicable es $20.000, el copago es $15.000. Eliminar el máximo anual no convierte automáticamente ese copago en cero. Para planificar un mes con cuatro sesiones, en ese ejemplo reservarías $60.000, siempre sujeto a las condiciones reales del contrato.
Qué documentos conviene tener
- Orden o certificado del médico tratante que respalde el diagnóstico y la atención indicada.
- Código y comprobante de la prestación que solicitas bonificar.
- Liquidación de la Isapre, con el porcentaje, tope y motivo de cualquier rechazo.
- Número de solicitud o reclamo y fechas de respuesta.
Entrega los antecedentes clínicos por los canales que correspondan a la atención o a la Isapre. El formulario inicial de MiPlanSalud es para pedir asesoría: no necesita diagnósticos ni documentos médicos.
Si siguen aplicando un máximo anual
Pide que la Isapre identifique la cláusula y explique por escrito cómo aplicó la Circular IF/N.º 528. Describe la prestación afectada y adjunta el respaldo por su canal seguro. Si la respuesta no resuelve la diferencia, puedes acudir a la Superintendencia de Salud. No confundas una negativa por falta de documentos con un límite anual: solicita el motivo exacto.
También conviene revisar quién emite la boleta, si el profesional está habilitado y qué código se usa. Tener claridad sobre ese dato ayuda a comparar la cobertura de la atención que realmente utiliza tu familia.
Qué mirar al cotizar un plan familiar
Compara psicología, fonoaudiología, terapia ocupacional y las demás atenciones que necesitas por separado. Pide bonificación por sesión, prestadores, condiciones de reembolso y costo mensual total del grupo familiar. Un beneficio promocional no reemplaza la cobertura del contrato.
Puedes aprender cómo leer una cartilla o ver un ejemplo de topes y copagos. Si ya existe un tratamiento en curso, comprueba su continuidad antes de modificar la afiliación.
Para seguir: si buscas un plan familiar, revisa qué isapre conviene según tu perfil y, si ya tienes isapre, qué revisar antes de cambiarte. Si estás en Fonasa, mira qué plan puedes tener con tu 7 %.